Acuerdo número 179
Fecha: 23/sep/25
Se faculta a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, para que autorice las densidades habitacionales, usos de suelo y los correspondientes coeficientes de ocupación y uso de suelo acordes a los criterios urbanísticos del Programa de Vivienda del Bienestar implementado por CONAVI e INFONAVIT, incorporando en las “Factibilidades de Uso de Suelo” la leyenda “Exclusivo para el Programa de Vivienda del Bienestar 2024‑2030”, en el entendido que esta autorización sea destinada únicamente a ese fin, sin que ello implique en ningún caso la trasgresión o disminución de las superficies necesarias para áreas verdes y estacionamiento.